Ya tienes decido cambiar las ventanas y te surge una duda: ¿A qué altura debo colocar las ventanas? ¿Un poco más arriba? ¿Un poco más abajo?
La altura idónea para instalar unas ventanas, puede variar en función de varios factores. Depende del tipo de habitación, como esté distribuido y espacio y sobre todo, debemos pensar en la seguridad y normativa aplicable.
Primero de todo, debemos cumplir la normativa de cada zona. En España, el Código Técnico de la Edificación, fija que la altura mínima a la que debe instalarse una ventana debe ser de 90 cm medidos desde el suelo, para viviendas y edificios residenciales. También apunta que en el caso de desniveles con la calle mayores a 6 metros, esta altura no debe ser menos de 1,10 metros.
Estás medida mínimas están fijadas por seguridad. Si la ventana se quiere poner a una altura inferior, se hace obligatorio instalar medidas adicionales de protección, como barandillas, rejas o similares.
Una altura comúnmente recomendada es entre 90 cm y 110 cm del suelo al borde inferior de la ventana. Esto, además de cumplir con la seguridad, permite una buena entrada de luz natural y vistas, además de ser cómodo para abrir y cerrar.
También es importante considerar que la altura recomendada puede variar dependiendo de la estancia que estemos. Por ejemplo, en una cocina donde la ventana puede quedar en un lado de la encimera de cocina, la altura de la ventana suele ser algo mayor, para no quedar cubierta por la encimera y poder cocinar con facilidad incluso con la ventana abierta.

En los dormitorios, una medida entre los 90 y 110 es muy adecuada. Y por ejemplo, en un salón, podemos pensar en reducirla hasta los 90 centímetros, porque cuanto más baja esté la ventana, más sensación de amplitud y luminosidad tendremos en la estancia, ya que parece que estemos más conectados con el exterior. Por eso en muchos salones se instalan ventanas con un fijo inferior. De esta forma el fijo puede ir casi a ras de suelo como parte cerrada y encima una ventana. De esta forma conseguimos una mayor luminosidad sin poner en riesgo la seguridad.
Te puedes estar preguntando cuál es la altura máxima de una ventana. No hay ninguna limitación normativa al respecto. El único límite es el techo. Eso sí, tenemos que tener en cuenta, para ventanas muy altas, la colocación de la altura de la manilla de la ventana. Debes saber que las ventanas se pueden fabricar con cremonas de cota fija o cremonas de cota variable. Las cremonas de cota fija son necesarias cuando se va a instalar una ventana de mucha altura y la maneta no puede ir colocada en la mitad de la vertical de la ventana, ya que de ser así, sería difícil alcanzar con la mano la manilla de la ventana. Por ejemplo, es muy habitual en edificios públicos como colegios, tener ventanas de mucha altura para aprovechar la altura del edificio y permitir una mayor entrada de luz. En estos casos la maneta debe ir colocada en la parte baja de la hoja de la ventana para poder alcanzar a su apertura y cierre.
Las cremonas de cota variable, en cambio, son utilizadas cuando la maneta va colocada en la mitad de la altura de la ventana. A este punto hay que prestarle mucha atención, en el caso de que tengamos preferencia para la colocación de la altura de la maneta.
Aunque los instaladores de ventanas a la hora de hacer la medición, suelen tener estos factores muy en cuenta, recomendamos siempre comentar con ellos estos aspectos.
Recuerda, que si tienes cualquier duda sobre un caso en particular, siempre puedes consultarnos e intentaremos ayudarte.


Buenas tardes.
Tengo un bajo que estoy cambiando de uso para vivienda. Estará todo diáfano con excepción de los 2 cuartos de baño
Es de esquina y tengo 120m2 y con altura 3,30m.
Me pregunta: ya que sé que tengo que colocar 15 m2 de iluminación natural.
Que medidas en altura máxima puedo aplicar para las ventanas. Y si puedo colocarlas acima de 1,5 m, ya que puedo subir en altura.
La calle es bastante ancha tanto por un lado como por el otro.
Muchas gracias desde ya y aguardo vuestra orientación.
Según la normativa estatal de habitabilidad (CTE y normas genéricas), la superficie mínima de acristalamiento debe ser al menos 1/8 de la superficie útil de cada estancia -esto equivale a un 12,5 %- para asegurar adecuada entrada de luz natural.
Justo los 15 m2 que indica usted.
Sí, puede colocar ventanas por encima de los 1,5 m para subir en altura. Tiene que respetar una altura del alféizar desde el suelo interior de ≤ 1,10 m que es lo recomendado para cumplir condiciones mínimas de iluminación, ya que si no las habitaciones quedarán poco luminosas.
Con esas indicaciones ya puede calcular el tamaño de las ventanas para llegar a los 15 m2 de iluminación natural.