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    Fondos Next Gen País Vasco

    Se convocan en el País Vasco los programas de Ayudas 3, 4 y 5, que recogen subvenciones para actuaciones de rehabilitación de edificios, para la mejora de la eficiencia energética en viviendas y ayudas para la elaboración del libro del edificio.  Vamos a desglosar los programas 3 y 4, en los que el cambio de ventanas puede ser una de las acciones subvencionables, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en la convocatoria.

    Programa 3 de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

    El objetivo de este programa es la financiación de actuaciones en edificios de uso residencial con las que se mejore su eficiencia energética, tanto en el ámbito urbano como rural.

    Destinatarios de las ayudas:

    • Los propietarios o usufructuarios de viviendas aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva.
    • Las administraciones, organismos y demás entidades públicas, así como las empresas públicas.
    • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios.
    • Propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
    • Empresas arrendatarias o concesionarios de los edificios.

    Actuaciones subvencionables:

    Actuaciones cuyo inicio sea posterior al 1 de febrero de 2020:

    • Aquellas que obtengan una reducción de al menos un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
    • Además, en los edificios situados en las zonas climática C, D y E, según la clasificación climática del CTE, deberá conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos: un 35% en las zonas D y E, y un 25% en la zona C.
    • Si se trata de un edificio protegido o entorno declarado por su valor arquitectónico o histórico no será necesario cumplir con los requisitos anteriores. No obstante, aquellos elementos de la envolvente sobre los que se intervenga deben cumplir con los valores límite de transmitancia térmica y permeabilidad al aire establecidos en el CTE.

    Los requisitos de los edificios en los que llevan a acabo las actuaciones, las excepciones, la cuantía de las ayudas, la documentación a presentar etc., se pueden consultar en el texto oficial de la convocatoria.

    Programa 4 de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

    El objetivo de estas ayudas es financiar actuaciones con las que se mejore la eficiencia energética de la vivienda, como lo es el cambio de viejas ventanas por unas nuevas de altas prestaciones, como las fabricadas con sistemas KÖMMERLING.

    Destinatarios de las ayudas:

    • Los propietarios, usufructuarios o arrendatarios de viviendas, ya sean personas físicas o jurídicas.
    • Las administraciones, organismos y demás entidades públicas.

    Actuaciones subvencionables:

    • Aquellas con las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7%, o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
    • También son subvencionables las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica (como el cambio de ventanas), para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire establecidos en el CTE.

    Solo serán subvencionables aquellas actuaciones cuyo inicio sea posterior al 1 de febrero de 2020.

    Cuantía de las ayudas:

    El importe de la ayuda será del 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros. Es imprescindible que el coste mínimo de la actuación sea igual o superior a 1.000 euros.

    Aquí se puede acceder al texto oficial en el que consultar todos los requisitos, procedimiento y demás información.

    Presentación de solicitudes y plazo:

    Los tres programas pertenecientes a los Fondos Next Generation EU en el País Vasco, se pueden solicitar desde el pasado 1 de julio de 2022 hasta el próximo 30 de diciembre de 2023. La solicitud puede realizarse de forma presencial en las Oficinas de Rehabilitación o de forma telemática en los siguientes enlaces:

    Programa 3: https://www.euskadi.eus/servicios/1211802/web01-tramite/es/

    Programa 4: https://www.euskadi.eus/servicios/1211801/web01-tramite/es/

    Programa 5: https://www.euskadi.eus/servicios/1211804/web01-tramite/es/

    Fondos Next Gen Extremadura

    Los fondos Next Generation EU son una inyección económica que tiene como objetivo reparar los daños económicos y sociales provocados por la pandemia del coronavirus. Parte de estos fondos han ido destinados a ayudas para mejorar la eficiencia energética de las viviendas edificios. Una forma de transformar nuestras ciudades, haciéndolas más eficientes y amigables con el medioambiente.

    En el caso de Extremadura se han lanzado diversos programas bajo el marco de los Fondos Next Generation EU. Desde KÖMMERLING queremos destacar los programas 3 y 4, que van destinados a la rehabilitación y mejora energética en edificios y viviendas. Esto hace que el cambio de ventanas por unas de altas prestaciones sea una de las acciones subvencionables, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos en las convocatorias.

    Programa 3 de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

    Destinatarios de las ayudas:
    • Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva.
    • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
    • Propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.

    El resto de destinatarios se pueden consultas en la convocatoria oficial de la ayuda.

    Requisitos de los edificios:

    Los edificios para los que se soliciten las ayudas deben cumplir con ciertos requisitos:

    Disponer de proyecto en las actuaciones a realizar. El proyecto debe incluir un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición en el que se incluya que:

    • Al menos el 70% (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados en el sitio de construcción se prepararán para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales.
    • Los operadores deberán limitar la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, conforme marca el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
    Acciones Subvencionables:
    • Aquellas que supongan una reducción de al menos un 30% del indicador de consumo de energía primaria no renovable.
    • Se deberá conseguir una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y de refrigeración de un 25% en zona C y un 35% en zona D, según la clasificación climática del CTE.
    Cuantía de las ayudas:

    La cuantía de las ayudas será del 40, 65 y 80% del coste de la actuación, según el ahorro energético que se consiga, y podrá llegar hasta 18.800€ por vivienda. Cuando exista amianto para retirar, se podrá incrementar la ayuda hasta 1.000 euros por vivienda con un máximo de 12.000 euros por edificio.

    Programa 4 Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

    Destinatarios de las ayudas:

    Los propietarios, usufructuarios o arrendatarios de viviendas.

    Requisitos de las viviendas:

    Las viviendas deben ser el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar la ayuda.

    Acciones subvencionables:
    • Aquellas que consigan una reducción de demanda energética anual global de al menos un 7%, o que supongan una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
    • También las actuaciones que modifiquen o sustituyan elementos constructivos de la envolvente térmica (cubierta, fachada, ventanas, soleras…) adecuando sus valores a los recogidos en el CTE.
    Cuantía de las ayudas:

    El importe de la subvención será de un 40% con un límite de 3.000 euros, siendo el coste mínimo de la actuación de 1.000 euros.

    ¿Cómo realizar la solicitud de ayuda?

    Podemos contactar con un agente rehabilitador, una figura que se ha impulsado desde el Gobierno para la tramitación de las ayudas. Este agente se encargará de realizar toda la gestión para que podamos optar a la ayuda.

    Además, desde la Junta de Extremadura se ha creado una guía en la que nos explican paso a paso cómo debemos realizar la solicitud de las ayudas. Podemos acceder a la guía aquí.

    Plazos de solicitud e información adicional

    Tanto las ayudas del programa 3 como el 4 se pueden solicitar desde el 11 de enero de 2022 hasta el 31 de agosto de 2023. Las solicitudes se pueden realizar de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura. En este mismo enlace podemos acceder a todos los anexos y documentos necesarios para realizar la solicitud.

    Al margen de los programas de los que os hemos hablado, en Extremadura también se puede solicitar la ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (Programa 5). Toda la información sobre este programa de ayudas y sobre los dos anteriores, podéis consultarla aquí.

    Fondos Next Gen Murcia

    La Región de Murcia ya ha hecho pública la convocatoria para los Programas 3 y 4 de ayudas a la rehabilitación energética de edificios y viviendas. En este post os contamos los principales puntos de estas subvenciones pertenecientes a los fondos Next Generation EU. Ambas solicitudes se pueden solicitar de forma telemática a través de la Sede electrónica de la Región de Murcia, introduciendo el código correspondiente a la ayuda que queramos solicitar:

    • 3914 – Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación de edificios
    • 3783 – Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.

    ¿Cuándo se pueden solicitar?

    Las ayudas para actuaciones a nivel de edificio se pueden solicitar hasta el 31 de julio de 2023, y las ayudas para la mejora de la eficiencia energética en viviendas hasta el 31 de julio de 2024.

    Programa 3 de ayudas a las actuaciones de rehabilitación de edificios

    El objetivo es subvencionar aquellas obras con las que se mejora la eficiencia energética del edificio, tanto en el ámbito urbano como rural, y que sea de uso predominante residencial.

    Personas beneficiadas:

    • Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares y de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva.
    • Las administraciones, organismo y demás entidades públicas.
    • Las comunidades de propietarios.
    • Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios.

    Todos los casos al completo se pueden consultar en la convocatoria publicada en el boletín oficial de la Región de Murcia.

    Actuaciones subvencionables:

    • Aquellas que afecten a la totalidad del edificio y con las que se obtenga una reducción de, al menos, un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable. Se pueden haber llevado a cabo desde el 1 de febrero de 2020.
    • Además, en edificios situados en las zonas climáticas C, D y E, según la clasificación climática del CTE, se debe conseguir una reducción de la demanda energética anual global en calefacción y refrigeración de al menos: Zonas D y E: un 35%, Zona C: un 25%.

    Programa 4 de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas:

    Personas beneficiadas:

    • Personas físicas o jurídicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de las viviendas.
    • Las administraciones, organismos y demás entidades públicas.

    Acciones subvencionables:

    • Aquellas con las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
    • Actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica (como lo son las ventanas) para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire establecidos en el CTE.

    Esto es aplicable a aquellas obras iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020.

    Cuantía de la ayuda:

    El coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros. La ayuda será del 40% del coste de la actuación con un límite de 3.000 euros. En los costes a subvencionar se puede incluir los honorarios del agente rehabilitador (si procede), la redacción del proyecto, los certificados, etc.

    Como la gestión de estas ayudas puede llegar a ser compleja, cada Comunidad Autónoma ha creado sus propias oficinas de ayuda a la rehabilitación, desde las que os asesorarán con la tramitación de las subvenciones. Podéis acceder a la Oficia de Ayuda a la Rehabilitación de la Región de Murcia aquí.

    Toda la información podéis consultarla en el texto oficial.

    Fondos Next Gen Cantabria

    En Cantabria ya se pueden solicitar las ayudas de los fondos Next Generation tanto para viviendas como para edificios. Subvenciones con las que se busca mejorar la eficiencia energética del parque edificatorio español y reactivar el sector de la construcción. Al margen del Programa 3 y 4, que van orientados a actuaciones en viviendas y edificios, también se ha lanzado el Programa 5 de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.

    Programa 3 de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

    Este programa tiene como objetivo financiar obras o actuaciones en edificios con las que se consiga mejorar la eficiencia energética. En general, suelen ser aquellas actuaciones relacionadas con la envolvente térmica del edificio, como por ejemplo el cambio de viejas ventanas por unas nuevas de altas prestaciones. Os contamos lo más importante de este programa.

    Destinatarios de las ayudas:

    • Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva.
    • Las administraciones y organismos públicos.
    • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
    • Propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
    • Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios.

    Acciones subvencionables:

    • Aquellas actuaciones con las que se obtenga una reducción de al menos un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
    • En edificios situados en las zonas climáticas C, D y E, según la clasificación climática del CTE, se deberá conseguir una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de, al menos:
      • Zonas climáticas D y E: un 35%.
      • Zona climática C: un 25%.
    • En los edificios con determinado valor arquitectónico o histórico en los que están limitados las actuaciones a realizar, bastará con que los elementos a instalar cumplan con los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire establecidos en el CTE.

    Como indican en la mayoría de las convocatorias de los fondos Next Generation publicadas ya en otras CCAA, es importante la circularidad y la sostenibilidad, por eso se exige: disponer del proyecto de las actuaciones a realizar, incluyendo en él un estudio de gestión de residuos.

    Cuantía de las ayudas:

    En la siguiente tabla podemos ver las cantidades máximas de ayuda a percibir:

    fondos next generation cantabria

    *Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas incluidas en el edificio a rehabilitar, de forma exclusiva para el propietarios de la vivienda afectada, se concederá una ayuda adicional que podrá alcanzar hasta el 100% del coste de la actuación. Siempre que se cumpla con los requisitos.

    Programa 4 de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

    Este programa tiene como objetivo financiar obras o actuaciones que mejoren la eficiencia energética de las viviendas.

    Destinatarios de las ayudas:

    • Propietarios, usufructuarios o arrendatarios de viviendas.
    • Las administraciones, organismos y demás entidades públicas.

    La vivienda debe constituir el domicilio habitual del solicitante, lo que se justificará mediante el volante de empadronamiento.

    Acciones subvencionables:

    • Aquellas con las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
    • También serán subvencionables las actuaciones con las que se modifique o sustituyan elementos de la envolvente térmica para adecuar sus características a lo establecido en el CTE.

    Cuantía de las ayudas:

    • El coste mínimo de la actuación debe ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
    • El importe de la subvención será del 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros.

    Plazos y más información:

    Ambos programas pueden solicitarse hasta el próximo 31 de diciembre de 2023. La forma de proceder al realizar la solicitud, la documentación a presentar, etc., podemos consultarla en el texto oficial de la convocatoria. Dado que la solicitud de estas ayudas puede resultar algo compleja, se ha definido la figura del agente rehabilitador, un profesional con el que podemos contactar para que nos ayude con la gestión de la ayuda y cuyos honorarios también son subvencionables.

    Fondos Next Gen Cataluña

    Una parte de los fondos Next Generation destinados a Cataluña han ido dirigidos a la creación de ayudas para la rehabilitación de vivienda. Estas ayudas, en las que se excluye tanto la ciudad de Barcelona como su Área Metropolitana, se dividen en tres programas diferentes:

    • Programa 3 de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
    • Programa 4 de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
    • Programa 5 de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.

    El objetivo de estos programas es financiar obras o actuaciones que mejoren la eficiencia energética de los edificios y las viviendas. Además, también se busca impulsar y ayudar a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. En los tres programas las actuaciones deben haberse realizado con posterioridad al 1 de febrero de 2020, pudiendo estar finalizadas en el momento de la presentación de la solicitud o sin iniciarse.

    Es imprescindibles que las actuaciones que se lleven a cabo no causen un perjuicio significativo al medio ambiente.

    Programa 3: Ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

    El objetivo de este programa es fomentar las actuaciones de rehabilitación energética, impulsando una renovación del parque de viviendas y edificios, consiguiendo así mejorar la eficiencia energética, la descarbonización y la integración de energías renovables. Para solicitar estas ayudas los edificios deben disponer del informe de la inspección técnica del edificio (IITE).

    Son subvencionables todas las obras que supongan una mejora de la eficiencia energética del edificio y contribuyan a su descarbonización, siempre que cumplan estos requisitos:

    • Las obras consigan una reducción de, al menos, un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable (se acredita con el certificado energético previo y posterior) y una reducción de un 25% (en zona climática C) o de un 35% (en zona climática D y E), de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración.

    El plazo para ejecutar las obras no puede exceder de dieciocho meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. Toda la información sobre el programa de ayudas a la rehabilitación de edificios, requisitos y la ayuda adicional por situación de vulnerabilidad económica se puede consultar aquí.

    Programa 4: Ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

    Este programa tiene como objetivo financiar actuaciones que mejoren la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenezcan a edificios plurifamiliares. Serán subvencionables las actuaciones que cumplan con estos requisitos, entre otros:

    • Reducir la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración en al menos un 7%.
    • Reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.

    Debemos tener en cuenta que el coste mínimo de la actuación debe ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda. Siendo la ayuda a percibir de un 40% sobre el coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros. Además, el plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de doce meses. Toda la información de este programa podemos encontrarla aquí.

    Programa 5: Ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación

    Este programa tiene como objetivo implantar el Libro del edificio y el desarrollo de los proyectos técnicos y de rehabilitación integral de edificios. Todo ello con la finalidad de activar la demanda de la rehabilitación energética. Teniendo en cuenta esto, las actuaciones subvencionables son:

    • Implantación y generalización del Libro de Edificio existente para la rehabilitación.
    • Desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios.

    ¿Cómo solicitar las ayudas?

    Estos son los pasos a seguir para poder solicitar los fondos Next Generation a la rehabilitación:

    1. Declaración responsable de los requisitos técnicos: La tiene que realizar un técnico competente indicando los requisitos técnicos del edificio que es objeto de la subvención. Se entrega a uno de los diferentes colegios profesionales.
    2. Informe de evaluación e idoneidad administrativa: Lo realiza el colegio profesional con la documentación enviada por el agente rehabilitador. Nos dan acuse de recibido y si todo es correcto emiten informe de evaluación e idoneidad administrativa. (NO TENEMOS QUE HACER NADA).
    3. Informe de evaluación e idoneidad técnica: Es igual que en el punto 2. (NO TENEMOS QUE HACER NADA).
    4. Solicitar la subvención: Una vez realizados los pasos anteriores podemos presentar la solicitud de forma telemática, incluyendo los datos de los diferentes acuses de recibo de los informes, emitidos por los colegios profesionales.

    En Cataluña han creado una Oficina Técnica de Rehabilitación con la que poder contactar y aclarar todas nuestras dudas.

    Toda la información, los requisitos de los edificios y la documentación a presentar se puede consultar en la página de la Generalitat de Cataluña.

    Los tres programas se pueden solicitar hasta el próximo 31 de diciembre de 2022. Toda la información de los fondos Next Generation para la rehabilitación de viviendas en Cataluña podéis consultar aquí.

    Fondos Next C. Valenciana

    Partiendo de los fondos Next Generation EU, la Comunidad Valenciana ha puesto en marcha diversos programas para potenciar la rehabilitación energética de viviendas y edificios. El objetivo es transformar el parque edificatorio, convirtiendo los barrios en espacios más eficientes energéticamente y reducir sus emisiones de CO2.

    En nuestro blog queremos destacar aquellas ayudas destinadas a la mejora de la eficiencia energética y que, por tanto, incluyen el cambio de ventanas como acción subvencionable.

    • Programa 3 de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
    • Programa 4 de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.

    Fondos Next Generation: Ayudas a la rehabilitación energética de edificios (Programa 3)

    ¿Quién puede solicitarlo?

    • Personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas en la Comunidad Valenciana.
    • Administraciones públicas, organismos de derecho público y empresas públicas.

    Requisitos de la vivienda:

    • Las viviendas deben ser el domicilio habitual de sus ocupantes.
    • El coste de la actuación subvencionable debe ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda. (La ayuda a conceder será del 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros).

    Actuaciones Subvencionables:

    • Aquellas con las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de, al menos, el 7%; o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
    • Actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuarlos los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire establecidos en las tablas 3.1.1.a-HE1 y 3.1.3.a-HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación.

    Fondos Next Generation: Ayudas a la mejora de la eficiencia energética en viviendas (Programa 4)

    ¿Quién puede solicitarlo?

    • Personas propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva.
    • Administraciones públicas, organismos de derecho público y empresas públicas.
    • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios.

    El resto de perfiles que pueden optar a la ayuda se puede consultar en el texto oficial de la convocatoria.

    Requisitos de los edificios:

    • Al menos el 70% de la superficie construida sobre rasante tiene que tener uno residencial de vivienda.
    • Las actuaciones deben contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios, salvo que se trate de edificios de persona propietaria única.

    Actuaciones subvencionables:

    • Aquellas con las que se obtenga una reducción de al menos un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
    • En edificios situados en zonas climática C, D y E, según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación, se deberá conseguir una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según corresponda. (Zonas D y E: un 35%, Zona C: un 25%).

    ¿Cómo se solicictan los fondos Next Generation?

    Los pasos para poder solicitar las subvenciones son:

    1. Escoger un agente rehabilitador del listado que ha lanzado la Generalitat Valenciana. Se puede consultar aquí. Este agente se encargada de todo: realizar los informes necesarios, solicita la ayuda, supervisa la obra, etc. A este agente le indicaremos qué queremos hacer y con qué empresa.
    2. Cuando el agente presenta de forma telemática la solicitud de ayuda, se recibe respuesta en un máximo de 3 meses. (NO TENEMOS QUE HACER NADA).
    3. Durante el desarrollo de las obras el agente supervisa que todo se ejecuta según lo previsto. También recopila un informe con toda la documentación necesaria. (NO TENEMOS QUE HACER NADA).
    4. Al finalizar las obras, el agente presenta el informe a la administración y esta abonará la ayuda correspondiente. (NO TENEMOS QUE HACER NADA).

    En la Comunidad Valenciana han creado una web con toda la información sobre la tramitación de las ayudas: https://renoveu.com/

    Presentación solicitudes Fondos Next Generation en la Comunidad Valenciana:

    Tanto para el programa 3 (edificios) como para el 4 (viviendas), el plazo de presentación de solicitudes puede realizarse desde el pasado 11 de abril de 2022 y estará abierto hasta el próximo 1 de diciembre de 2022.

    Toda la información y la solicitud puede consultarse en estos enlaces:

    Programa 3: GVA.ES: Solicitud de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, en el marco del Plan Next Generation EU.

    Programa 4: GVA.ES: TECE – Solicitud de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, en el marco del Plan Next Generation EU.

    Fondos Next Gen Navarra

    La Comunidad Foral de Navarra ya ha puesto en marcha varios programas de ayudas con los fondos Next Generation de la Unión Europea. En este post os hablamos del programa 3 y 4, orientados a subvencionar actuaciones de mejora de la eficiencia energética tanto en edificios como en viviendas. Además, Navarra también ha activado el Programa 5 de ayuda a la elaboración del libro del edificios existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.

    Programa 3 de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

    Destinatarios de las ayudas:

    Como en la mayoría de programas de ayudas de este tipo, pueden acogerse:

    • Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva.
    • Las administraciones públicas
    • Las comunidades de propietarios
    • Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios

    Actuaciones subvencionables:

    Serán subvencionables aquellas actuaciones que se lleven a cabo en edificios de uso residencial con las que se consiga de forma conjunta:

    • Una reducción de al menos un 45% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
    • Y una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación, de al menos: Zonas climáticas D y E: un 35% y Zona climática C: un 25%

    También son subvencionables las actuaciones que mejoren la envolvente térmica del edificio, como por ejemplo el cambio de viejas ventanas por unas nuevas de altas prestaciones, siempre que se alcancen las exigencias del Código Técnico de la Edificación.

    Requisitos edificios:

    Los edificios para los que se soliciten las ayudas deben ser existentes y tener una antigüedad superior a los 20 años. Además, solo se admitirán actuaciones iniciadas después del 1 de enero de 2022 y que no sean perjudiciales para el medio ambiente. En esta misma línea, es importante tener en cuenta la política de gestión de residuos. Al menos el 70% de los residuos de construcción y demolición generados deben ser preparados para su reutilización y reciclaje.

    Plazo presentación de solicitudes:

    Las solicitudes se pueden presentar de forma telemática a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra, dirigidas al Servicio de Vivienda. Se pueden presentar desde el pasado 1 de abril y hasta el próximo 31 de diciembre de 2022.

    Toda la información al completo y el porcentaje de ayuda al que se puede optar se puede consultar en el texto oficial de la convocatoria.

    Programa 4 de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

    Destinatarios de las ayudas:

    • Las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas.
    • Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público propietarios de los inmuebles.

    Actuaciones subvencionables:

    Se podrá solicitar la ayuda para aquellas acciones que:

    • Consigan una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7%, o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
    • También serán subvencionables las actuaciones que modifiquen o sustituyan elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores establecidos en el Código Técnico de la Edificación. Aquí se incluye el cambio de viejas ventanas por unas de altas prestaciones, como las fabricadas con sistemas KÖMMERLING, que reducen las pérdidas energéticas de la vivienda hasta en un 70%.

    Para optar a la ayuda es importante que las actuaciones se hayan iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2022.

    Plazo de presentación de las solicitudes:

    La ayuda puede solicitarse desde el pasado 29 de marzo, siendo el 31 de diciembre de 2022 la fecha tope. Las solicitudes se pueden presentar de forma telemática aquí. Toda la información al completo, requisitos y cuantía de ayuda se puede consultar en el texto oficial de la convocatoria.

    Fondos Next Gen Galicia

    Desde el pasado 4 de marzo en Galicia ya se puede solicitar el programa 4 de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. Este programa forma parte del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europa-NextGenerationEU. En este post os contamos todo lo que necesitáis saber para poder solicitar la subvención.

    Destinatarios de las ayudas:

    Las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas.

    Actuaciones Subvencionables:

    La ayuda se podrá solicitar para aquellas acciones que se realicen en viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares, y que constituyan el domicilio habitual del solicitante, siempre que se cumplan con:

    • Lograr una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos un 7%, o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
    • En el caso de actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica, se deberán adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire establecidos en el Código técnico de la edificación.

    Teniendo en cuenta esto, podemos aprovechar este Programa de ayudas para cambiar las viejas ventanas de nuestra vivienda por unas de altas prestaciones, mejorando así el aislamiento y confort de la vivienda. Podéis contactar con el miembro más cercano a vuestro domicilio de nuestra Red Oficial para que os ayuden a escoger el sistema que mejor se adapta a vuestras necesidades.

    Es importante tener en cuenta que las actuaciones no podrán estar iniciadas antes del 1 de febrero de 2020, ni estar finalizadas en el momento de la presentación de la correspondiente solicitud. Además, el plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de doce meses, contados desde la data de notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

    Cuantía ayudas:

    El importe de la subvención es del 40% del coste de la actuación, con un máximo de 3.000 euros. Además, el coste mínimo de la actuación que tendrá que ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.

    Plazo presentación solicitudes:

    El programa 4 de los fondos Next Generation EU se puede solicitar desde el pasado 4 de marzo de 2022 y hasta el próximo 14 de octubre de 2022, o hasta el agotamiento de los fondos. Las solicitudes pueden realizarse de forma telemática en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. En este mismo enlace podemos encontrar toda la documentación que necesitamos presentar y descargar los diferentes formularios (en anexos).

    El texto oficial de la convocatoria con toda la información se puede consultar aquí.

    Fondos Next Gen Castilla la Mancha

    Castilla-La Mancha es ya otra de las comunidades autónomas que ha puesto en marcha las ayudas referentes a los Fondos Next Generation EU. En este caso han lanzado el Programa 4 de subvenciones para mejorar la eficiencia energética en viviendas. Una oportunidad para transformar nuestros hogares, mejorando su aislamiento y reduciendo así las facturas mensuales en calefacción y refrigeración, además de contribuir con el cambio en la lucha contra el cambio climático.

    Programa 4 de ayuda a la mejora de la eficiencia energética en viviendas

    Destinatarios de las ayudas:

    • Personas físicas que sean propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas, siempre que estas sean el domicilio habitual del solicitante.
    • Personas jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias o usufructuarias de viviendas.
    • Las administraciones y empresas públicas.

    Acciones subvencionables:

    Se podrá optar a la ayuda en aquellas actuaciones iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020 que:

    • Consigan una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
    • Actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para alcanzar los valores establecidos en el Código Técnico de la Edificación. El cambio de viejas ventanas por unas nuevas de altas prestaciones sería una de las acciones subvencionables.

    Cuantía de las ayudas:

    El importe de la ayuda será del 40% del coste de la actuación subvencionada, con un límite máximo total de 3.000 €. Para optar a la ayuda el coste mínimo de la actuación realizada debe ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.

    ¿Cómo se solicitan las ayudas?

    1. Necesitamos un Agente Rehabilitador, que será la persona que tramite la ayuda por nosotros. Podemos encontrar el listado en la web de Castilla-La Mancha, aquí.
    2. Tenemos que disponer de la siguiente documentación:
    • Documentación que acredite a la persona solicitante (copia del NIF). Si damos la autorización a alguien, será necesaria la copia de su NIF y la acreditación de la representación.
    • Acuerdo entre el agente rehabilitador y el beneficiario de las ayudas. (Esto se puede descargar en los Anexos de la convocatoria oficial).
    • Documento que acredite que somos dueños, arrendatarios o usufructuarios de la propiedad, y tenemos derecho a realizar las obras.
    • El certificado de empadronamiento del solicitante.
    • Proyecto de la actuación a realizar.
    • Certificado de eficiencia energética del edificio en su estado actual.

    En los anexos de la convocatoria podemos descargar el documento para realizar la solicitud y toda la información necesaria. Se puede acceder aquí, encontraremos todo al final de la página.

    Plazos para la solicitud de la ayuda:

    La solicitud del programa 4 de ayudas a la rehabilitación energética de viviendas se puede realizar de forma telemática en la sede electrónica del Gobierno de Castilla-La Mancha. El plazo para poder solicitarlo está abierto desde el pasado 6 de mayo hasta el próximo 30 de diciembre de 2022.

    Toda la información al completo se puede consultar en el texto oficial de la convocatoria.

    Fondos Next Gen Madrid

    La Comunidad de Madrid es otra de las CCAA que ya han anunciado la puesta en marcha de los fondos Next Generation para la realización de reformas en viviendas y edificios. Varios programas que tienen como objetivo tanto impulsar el sector de la construcción, tras la crisis vivida por la Covid 19, como ayudar a la población a mejorar la eficiencia energética de sus viviendas.

    Si algo tienen en común los diferentes programas (para viviendas y/o edificios) es que las solicitudes se pueden realizar hasta el 30 de junio de 2023 de forma telemática a través de la web de la Comunidad de Madrid. Es importante que el inicio de las obras o actuaciones para las que se solicite la ayuda sea posterior al 1 de febrero de 2020, debiendo estar finalizadas antes del 30 de junio de 2026.

    En este post recopilamos la información principal del Programa 3 y 4 de ayudas, pero todos los requisitos al completo y las condiciones con las que deben cumplir los destinatarios últimos de las ayudas se pueden consultar en el texto oficial de la convocatoria. Además, para la gestión de los fondos Next Generation se puede recurrir a un agente rehabilitador, que será quien se encargue de todos los trámites.

    Programa 3 de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

    Va dirigido a edificios del ámbito tanto urbano como rural, prestando especial atención a todas aquellas actuaciones relacionadas con la envolvente térmica, como sería el cambio de ventanas por unas nuevas de altas prestaciones térmicas.

    Destinatarios de las ayudas:

    • Propietarios o usufructuarios de las vivienda o edificios de tipología residencial de vivienda colectiva.
    • Las administraciones y empresas públicas.
    • Comunidades o agrupaciones de propietarios.
    • Empresas arrendatarias o concesionarias de edificios.

    Requisitos de los edificios para los que se pedirá la subvención:

    Existen diferentes requisitos que debemos cumplir a la hora de solicitar los fondos Next Generation, algunos de ellos son:

    • Disponer de proyecto de las actuaciones a realizar. En él se debe incluir un estudio de la gestión de residuos de construcción y demolición. También se incluirá una justificación del ahorro de consumo energético no renovable y de la demanda global de calefacción y refrigeración estimada tras llevar a cabo la actuación para la que se solicita la ayuda.

    Es importante consulta el texto oficial de la convocatoria para cerciorarnos de que cumplimos con todos los requisitos: retirar del edificio los productos que contengan amianto, etc.

    Actuaciones subvencionables:

    A grandes rasgos son subvencionables todas aquellas actuaciones con las que se obtenga al menos una reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable. Además, según la zona climática se deberá conseguir una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de, al menos, un 35% en las zonas D y E, y un 25% en la zona C.

    Existen excepciones para determinados proyectos en los que debido a su entorno o valor histórico no es posible alcanzar esos niveles. También son subvencionables los costes de la redacción de proyectos, informes técnicos, honorarios del agente rehabilitador, etc.

    Programa 4 de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

    El objetivo es subvencionar obras que mejoren la eficiencia energética de la vivienda.

    Destinatarios de las ayudas:

    • Propietarios, usufructuarios o arrendatarios de viviendas.
    • Administraciones, organismos y empresas públicas.

    En cuanto a los requisitos de las viviendas es imprescindible que constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o usufructuarios.

    Actuaciones subvencionables:

    Serán actuaciones subvencionables aquellas con las que:

    • Se consiga una reducción de la demanda energética anual de calefacción y refrigeración de al menos un 7%, o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
    • También serán subvencionables las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar su características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire establecidos en el CTE.

    El coste mínimo de la actuación que se lleve a cabo debe ser igual o superior a 1.000 euros. El importe de la subvención será del 40% del coste con un límite de 3.000 euros.

    Al margen de estos dos programas, también se ha puesto en marcha el Programa 5 de ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.

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